martes, 24 de febrero de 2009

Un proyecto integrador abarcativo: La Colonia Municipal Integradora de Verano Secretaria de Desarrollo Humano



Innumerables fueron las actividades recrativas realizadas en la Colonia.


Alegria de los niños en la pileta.


Los funcionarios municipales Villarruel, Misenta y Muga expresaron su felicidad por los resultados de la colonia.

Es el que lleva adelante la Dirección de Deportes Municipal en articulación con la Subdirección de Discapacidad, ambas dependientes de la Secretaría de Desarrollo Humano a cargo de la Dra. María Eugenia Giroldi, en donde lo primordial se basa en una mirada global que aglutina deporte, salud, recreación y tiempo libre, y en cada una de estas aristas se desarrollan y programan acciones para todos los sectores de la comunidad, dando resultados positivos, donde lo que resalta es la inclusión social a través de las actividades programadas.

Las actividades están destinadas a niños de los distintos Barrios y Centro de nuestra ciudad, contando en la actualidad con la participación de 2070 personas, de los cuales 70 son personas con capacidades diferentes.

El cronograma fue propuesto desde la Dirección de Deportes, a cargo del Profesor de Educación Física, Sr. Mariano Misenta el cual coordina la colonia, contando con un equipo de 30 personas entre profesores y auxiliares, mas la colaboración de 15 manzaneras barriales dependientes del Plan Más Vida de nuestra ciudad, la cuales van rotando de acuerdo a los diferentes barrios de Campana, un guardavidas en forma permanente, una enfermera y cuerpo médico constante para realización de la correspondiente revisación médica.

Según manifestaron el Prof. Misenta, Luciano Villarruel, Subdirector de Discapacidad y el Jorge Muga, Coordinador de la Oficina de Asesoramiento a la Persona con Discapacidad, objetivo general que se propuso la Colonia, fue fomentar actividades al aire libre y en contacto con la naturaleza, y promover la actividad física. Asimismo, se propusieron objetivos específicos como la difusión de las diferentes actividades en la vida cotidiana del individuo, la concientización de la realización de actividades al aire libre dando importancia a la conservación del medio natural, estimular la participación ciudadana en actividades físicas con las cuales pueda recrearse y salir de la rutina diaria para mejorar la calidad de vida. Las actividades están coordinadas por profesores de educación física incluyendo fútbol, natación, voley, básquet, handball, atletismo, gimnasia, baile, juegos motores y juegos adaptados específicos para personas con discapacidad. Se trata de un programa integrador de niños con capacidades diferentes, por lo tanto estos pueden participar sin límite de edad.

A su vez se realizan charlas periódicas sobre cuidados de la salud buco - dental a cargo de odontólogos dependientes de la Municipalidad de Campana.

Como complemento de las actividades, este servicio municipal incluye refrigerio para todos los niños y traslado gratuito de los participantes desde las diferentes Sociedades de Fomento Barriales, haciendo salvedad que para los concurrentes con capacidades diferentes, el traslado es de puerta a puerta.

La colonia, que funciona desde el lunes 05 de Enero del corriente año en el Camping Malvinas Argentinas, cedido gentilmente por el Sindicato del Petróleo y Gas Privado de nuestra ciudad, el cual cuenta con instalaciones óptimas para llevar adelante este tipo de actividades, culmina el día 28 de Febrero con una gran fiesta que se realizará en las instalaciones del Club Villa Dálmine a partir de las 18 hs.

De esta forma desde la Dirección de Deportes y la Subdirección de Discapacidad, se responde a las demandas de las instituciones, las familias y las personas con discapacidad, contando con este espacio de esparcimiento para llevar adelante las actividades físicas y lúdicas, tendiente a mejorar la calidad de vida y la integración en nuestra sociedad.

Para más información sobre esta u otras actividades, dirigirse a la Subdirección de Discapacidad, ubicada en Jacob Nº 820 o llamar al teléfono 03489 - 407203 o vía mail:

discapacidad@campana.gov.ar

lunes, 23 de febrero de 2009

Subdirección de Discapacidad: Curatela y Juicio de Insanía Secretaría de Desarrollo Humano


Dentro de las actividades planificadas por la Subdirección de Discapacidad, dependiente de la Secretaría de Desarrollo Humano, a cargo de la Dra. María Eugenia Giroldi, se han iniciado acciones concretas tendientes a informar a la población en general sobre aspectos específicos relacionados con la discapacidad, a tal efecto el Lic. Luciano Villarruel, Subdirector de Discapacidad, y el Lic. Jorge Muga, Coordinador de la Oficina de Asesoramiento a la Persona con Discapacidad informan sobre ciertos aspecto a tener en cuenta sobre temas relacionados con la discapacidad.

Por tal motivo se pone en conocimiento que la demencia en sentido juridico está prevista en el art. 141 del Código Civil, estableciendo que se declaran incapaces por demencia las personas que por causa de enfermedades mentales no tengan aptitud para dirigir su persona o administrar sus bienes, y que en virtud del art. 144 del Código Civil, la declaración de demencia puede se pedida por el cónyuge -no separados personalmente ni divorciados-, los familiares; el Ministerio de Menores; el cónsul del país de origen si la persona a quien se la quiere declarar demente -en sentido juridico- fuese extranjera; cualquier persona vecina cuando la persona sea furiosa o incomode a los vecinos.

A lo anteriormente mencionado se le asocia el concepto de Curatela, siendo la misma la representación legal que se da a las personas mayores de 14 años de edad, siendo su finalidad preservar la salud de la persona, quedando a cargo del curador el cuidado de la misma. Por otro lado, tiende a evitar que por su incapacidad o por la explotación de terceros, sea perjudicado en su patrimonio.

Existen dos vías para realizar el siguiente trámite: El juicio de insanía, para el caso de demencia o sordomudez, y el juicio de inhabilitación, este último para ebrios o consumidores de estupefacientes habituales.

El procedimiento para el juicio de insanía es el siguiente:

Como todo proceso, obedece a las normas previstas en los códigos de procedimiento locales, las cuales difieren -sutilmente- en las diferentes jurisdicciones. En sintesis, se inicia un proceso solicitando la declaración de demencia de la persona a quien se pretende se declare como tal; lo inicia el pretenso curador acreditando su legitimación para hacerlo y exponiendo los hechos que dan lugar a la acción, acompañando tres certificados médicos. Ya iniciado el expediente, se ordenarán las pruebas pertinentes -información sumaria, oficios, pase al Cuerpo Médico-, se nombrará a un Curador Provisorio quien, junto con el Asesor de Menores interviniente, velarán por la persona y los bienes del presunto insano a lo largo de todo el proceso. Finalmente, se dictará sentencia declarando al insano demente en sentido juridico y nombrando curador definitivo a la persona y a sus bienes a quien se presentó para ello en la etapa inicial.

Quién puede ser curador?

Pueden ser curadores las personas establecidas en los artículos 476 a 479 del Código Civil: cónyuge, hijos, padres, siendo sus atribuciones

ser responsable de la persona y de los bienes del insano, para esto su solvencia moral ya ha sido acreditada durante el juicio. Debe procurar los medios para su bienestar bio-psico-social.

Que sucede con los bienes del insano?

Dado que el curador posee la administración de los mismos, tiene la obligación legal de dar cuenta de ella ante el juez o tribunal de la causa, con la periodicidad que se determine al aceptar el cargo.

Por qué hay que realizar este trámite?

Al cumplirse los 21 años de edad cesa la patria potestad que ejercen los padres sobre sus hijos, y de esta manera, estos ya no pueden ser sus representantes legales. La persona con discapacidad mental queda totalmente desprotegida, tanto en su persona como en su patrimonio, si no tiene asignado un curador por una sentencia judicial. Esto implica que si la persona tiene bienes a su nombre, no habrá nadie que pueda administrarlos o venderlos. Pero sobre todo, en el caso que sea necesario realizar cualquier tipo de acto, o incluso interponer una demanda judicial a nombre de la persona con discapacidad tampoco existiría una persona que pueda representarla. Asimismo, si la persona recibe una pensión, se puede llegar a requerir un curador que pueda percibir la misma a nombre de la persona. La falta de representación legal sobre una persona con discapacidad, puede ocasionar problemas ante las Obras Sociales o Prepagas, las cuales generalmente solicitan el trámite de la curatela como condición para mantener la afiliación.

De esta forma se está trabajando desde la Subdirección de Discapacidad con la intención de conocer estas figuras legales a los efectos de que aquellos familiares que tengan a su cargo una persona con estas dificultades, sepan que hay modos de ser reconocidos legalmente como representantes para efectuar los trámites pertinentes, pudiendo, en todo caso de así considerarlo, consultar con un abogado de confianza o con la Defensoría Oficial para ser asesorado al respecto.

Subdirección de Discapacidad

Secretaría de Desarrollo Humano

Jacob Nº 820

discapacidad@campana.gov.ar

Municipalidad de Campana.

lunes, 16 de febrero de 2009

Secretaria de Desarrollo Humano: Subdirección de Discapacidad: La salud de las personas con discapacidad en la actualidad

La salud, como derecho fundamental de toda persona, adquiere una connotación especial cuando esa persona tiene una discapacidad, siendo este el objetivo de trabajo planteado desde la Subdirección de Discapacidad a cargo del Lic. Luciano Villarruel y el Coordinador de la Oficina de Asesoramiento a la Persona con Discapacidad, Lic. Jorge Muga, dependiente de la Secretaría de Desarrollo Humano, a cargo de la Dra. María Eugenia Giroldi.

La discapacidad repercute en el estado de salud y obliga a abordar sus cuidados con especial profesionalidad y cercanía.

El término "salud" se asocia inmediatamente a la medicina y sin embargo, es la propia Organización Mundial de la Salud la que define la salud de manera más amplia, como "un estado de completo bienestar físico, mental y social".

Se puede afirmar que, como grupo, las personas con discapacidad -sensorial, física, intelectual o mental- ciertamente tienen mayor número de problemas de salud; y eso obliga a la sociedad a dirigir la atención y los recursos para intentar prevenirlos, solucionarlos o al menos, aliviarlos.

El derecho a la salud que tiene toda persona, como derecho consustancial con su propia naturaleza humana, es una conquista muy reciente. Lo es como concepto pero no llega todavía a ser una realidad en muchos lugares y en múltiples circunstancias que cada uno de nosotros ha podido vivir. "¿A qué tipo de salud tiene derecho una persona con discapacidad?"

La población con discapacidad ve todavía mermado en la práctica su acceso a la salud, todavía se niegan en nuestro país estudios médicos o actuaciones terapéuticas a personas con discapacidad; una veces por ignorancia, otras por falta de previsión, y otras porque persiste todavía ese sentimiento de que "total, ¿para qué...?"

Consecuencia de lo anterior debe ser el establecer, para cada forma de discapacidad, un programa que contemple las alteraciones de salud más frecuentes en esa particular forma de discapacidad, y establezca las pautas de conducta que se deben seguir para solucionarlas de la manera más racional posible. Estos programas han de ser sencillos y realistas, de modo que puedan ser asumidos y aplicados de un modo general por parte de la población.

Existen discapacidades que incapacitan intrínsecamente a los individuos para velar por sí mismos por el desarrollo y mantenimiento de su salud. Su dependencia de la voluntad ajena puede ser total, unas veces porque tienen dificultado el acceso a la información en general, otras, porque tienen dificultades de acceso individual y voluntario a los profesionales de la salud en el momento en que lo necesitan.

La población con discapacidad, tiene un mayor grado de vulnerabilidad y un menor grado de protección frente a las diversas situaciones patológicas que se pueden plantear en su vida. Unas veces, porque no dispone de los mismos sistemas de alarma que los demás, sea por falta de información, o por falta de capacidad para percibirlos como tales, y otras, porque carece de autonomía o de iniciativa para responder a esa alarma, para acudir a solucionarla, y para poner en marcha las soluciones adecuadas.

Ante esta problemática de carácter general la respuesta ha de seguir una triple dirección:

1. Establecer medidas educativas sencillas pero incisivas, ajustadas a las necesidades de cada tipo de discapacidad, que puedan ser aplicadas a la población. La educación para la salud es un hecho que va cobrando importancia creciente. Los contenidos de estos programas y la forma de ser ofrecidos han de tener cualidades pedagógicas indispensables para que sean realmente útiles y efectivos, inteligibles y fácilmente seguidos por las respectivas poblaciones.

2. Elaborar e implantar programas de salud propios y específicos para cada forma de discapacidad, y dentro de cada una, para cada subgrupo de discapacidad. Esto significa que hay que estudiar y analizar los distintos problemas de salud a los que pueden estar más frecuentemente abocados los individuos, teniendo en cuenta la naturaleza de la discapacidad, los subgrupos que la conforman, y la evolución del organismo humano con la edad. Su elaboración exige que los profesionales de la salud, las propias personas con discapacidad y sus familiares, se reúnan y analicen con detenimiento los principales problemas, y valoren las soluciones posibles.

3.No sólo se ha de considerar las alteraciones patológicas que con más probabilidad puedan aparecer en esa específica forma de discapacidad, sino también la solución concreta que se debe dar a una patología corriente, en función de la discapacidad que se considere.

Pero hablar de salud en la persona con discapacidad exige algo más. No cabe duda de que la atención a la salud forma parte consustancial del trabajo diario del profesión sanitario, esta atención trasciende el compromiso de una transacción estrictamente profesional para convertirse en un acto particularmente humano; dicho simplemente, exige por parte del profesional un plus de humanidad, y es por este motivo que se está trabajando desde esta Subdirección para mejorar la calidad de vida de la persona con discapacidad en nuestra ciudad.

Subdirección de Discapacidad

Secretaría de Desarrollo Humano

Jacob Nº 820

Tel. 03489 - 407203

discapacidad@campana.gov.ar